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martes, 7 de febrero de 2012

ACLARACIONES SOBRE EL TÍTULO DE PSICÓLOGO GENERAL SANITARIO Y EL REGISTRO DE CENTROS

En los últimos días varios compañeros han pedido nuestra opinión sobre el nuevo título en Psicología General Sanitaria, y concretamente su relación con el registro de las consultas de psicología como centros sanitarios y la certificación que, a este respecto, están emitiendo los Colegios Oficiales de Psicólogos.

Aunque son estos COP quienes tienen la obligación de explicar inequívocamente estas cuestiones, daremos nuestra opinión.

La normativa es clara al respecto. La confusión viene dada por la etapa de transición a la que nos vemos abocados mientras no se desarrolla toda la normativa que deriva de la nueva Ley 33/2011 General de Salud Pública.

Pero también opinamos que la intervención de algunos COPs y del estatal ayuda a esta confusión.

Hechos

1. Se ha creado un nueva profesión sanitaria y titulada, “Psicólogo General sanitario”  (PGS).

2. Tendrán la condición de PGS quienes cumplan dos condiciones:
1º) licenciados/graduados en psicología que desarrollen su actividad profesional en el sector sanitario
2º) y ostenten el título Oficial de Máster en Psicología General Sanitaria

3. No existe por ahora este Máster, así que el Gobierno se da un plazo de 6 meses  para ajustar los planes de estudio para la obtención de ese título de Máster en psicología General sanitaria, estableciendo los requisitos del mismo, para todo el estado, (180 créditos ECTS de contenido específicamente sanitario en el conjunto de enseñanzas de Grado y  Máster, de acuerdo con la concreción que reglamentariamente se determine)

4. Cuando se ponga en funcionamiento el Máster en Psicología Sanitaria, serán las Universidades que los impartan los que regularán el procedimiento que permita reconocer a los licenciados/graduados  en Psicología que hayan concluido dichos estudios con anterioridad a la entrada en vigor  de esta ley, los créditos europeos de dicho Máster que en cada caso correspondan, tras  evaluar el grado de equivalencia acreditado a través de la experiencia profesional y  formación adquiridos por el interesado en Psicología de la Salud

5. Los psicólogos que desarrollen su actividad en centros, establecimientos y servicios del Sistema Nacional de Salud o concertados con él, para hacer efectivas las prestaciones sanitarias derivadas de la cartera de servicios comunes del mismo que correspondan a dichos profesionales, deberán estar en posesión del título oficial de Psicólogo Especialista en Psicología Clínica

6. ¿Quiénes podrán registrar sus consultas de psicología en el correspondiente Registro general de centros, servicios y establecimientos Sanitarios?  Quienes tengan el  título de Máster en Psicología Sanitaria o el de Psicólogo especialista en  Psicología Clínica.

7. DE FORMA TRANSITORIA, y por un plazo de 3 años, ya que no existe de facto el máster en psicología general sanitaria, se mantiene el procedimiento  previsto en el número 2 de la disposición adicional sexta de la Ley 5/2011, de 29  de marzo, de Economía Social, por el que se pueden registrar las consultas de psicología dentro del registro de centros sanitarios, quienes cumplan dos condiciones:

a) tener el título de Psicología o algunos títulos de graduado en el ámbito de la Psicología adscritos a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud

b) acreditar una formación específica a través de alguna de las siguientes vías (una u otra, no las dos):
  • Por haber superado los estudios de graduado/licenciado, siguiendo un itinerario  curricular cualificado por su vinculación con el área docente de Personalidad, Evaluación  y Tratamiento Psicológicos, o con la Psicología Clínica y de la Salud.
  •  Por haber adquirido una formación complementaria de posgrado no inferior a  400 horas (o su equivalente en créditos europeos), de las que al menos 100, tendrán  carácter práctico, vinculada a las áreas mencionadas en la anterior letra a).

8. ¿Cuál es el papel de los COP en todo esto?

En base a los acuerdos Institucionales con la Administración Pública, los COPs están colaborando a través de la valoración para acreditar que los solicitantes cumplen los requisitos de la Ley de Economía Social. NADA MÁS Y NADA MENOS.
 No acreditan al psicólogo/a como sanitario
No convalidan la formación pre y postgraduada para obtener el título de Psicólogo General sanitario
Sólo (que no es poco) certifican que el solicitante cumple los requisitos para poder registrar sus consultas como sanitarias, MIENTAS DURE ESE PERÍODO TRANSITORIO.

Por cierto que la gestión necesaria para obtener ese registro de centro sanitario no termina con el certificado colegial. Supone  un laborioso trabajo de recopilación de documentos y cumplimiento de requisitos hasta conseguir tal denominación, que redunda sin lugar a dudas en la calidad de servicio que se ofrece y las obligaciones que se adquiere (normativa de seguridad de las instalaciones y garantía de Ley de protección de datos, entre otros).

9. ¿Por qué pensamos que los COPs están añadiendo una confusión innecesaria este período de incertidumbre? Viendo algunas comunicaciones de los COPS no es de extrañar:


Aunque el desarrollo de la noticia es veraz, el título lleva claramente a engaño


En un informe elaborado por el Consejo General de COP y que, curiosamente no lo vemos en su página oficial, aunque sí en la del COP Valenciano,  explican convenientemente los pasos y requisitos para obtener el Título PGS, PERO en las páginas 7 y 8 se dedican, UNA VEZ MÁS, A CONFUNDIR EL DESEO CON LA REALIDAD, en forma de expectativas que, de no cumplirse, volverán a hacer daño a quienes están deseando obtener tal título.

Dicen exactamente: “Los psicólogos que logren la acreditación transitoria establecida en la  Ley de Economía Sostenible para ejercer actividades sanitarias no  tendrán la consideración formal de psicólogos generales sanitarios pero si la consideración implícita de profesionales sanitarios. El reglamento  que regule los planes de estudios correspondientes al Master en PGS  deberá regular concretamente la situación de estos psicólogos  adoptando las medidas oportunas para conseguir sin dificultad que la  habilitación transitoria se convierta en definitiva”.


Es más, pueden llegar a ocurrir cosas tan sorprendentes como lo del COP Melilla, como ellos mismos señalan “tras un intenso y exhaustivo proceso de evaluación de méritos de todos los solicitantes… deciden reconocer a los colegiados del COP de Melilla que aparecen en el siguiente listado el perfil de psicólogo sanitario”.

Lo más increíble es que el listado se compone de 60 psicólogos, que serán la práctica totalidad de colegiados de ese Colegio Profesional, ya que a finales de 2010, eran un total de 58. Lo dejamos a vuestra reflexión, sólo señalamos lo sorprendente que todos los colegiados de un COP  se dediquen a la actividad asistencial dentro de la rama sanitaria.


Esperamos haber ayudado a aclarar esta situación, que entendemos confusa hasta que se desarrolle toda la normativa, pero que no hace falta que algunos COP embrollen más el lío en el que estamos.

17 comentarios:

  1. De acuerdo con todo lo que habéis comentado. habéis sintetizado muy bien el panorama del nuevo título.

    Añadir que la confusión también aumenta por no saber cómo se engarza la especialidad de clínica con respecto al Máster. Lo lógico será grado-máster-pir pero añun no ha quedado aclarado, con lo cual, si no hay modificaciones queda: garo-máster ó PIR, que no es lo mismo (más pelas para universidades y COP???)

    además, os falta señalar que otra punto de confusión que alimenta el COP es su deseo de que puedan entrar psicólogos no especialistas en el Sistema Nacional de Salud (estando de acuerdo con la valoración de la SEPCYS).

    un saludo

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  2. Colegiada sin especialidad7 de febrero de 2012, 18:59

    Gracias por la información. ¿Sabeis si el Colegio va a cobrar algo por los certificados o ya valen los que hicimos para pedir el título de especilista?.
    Gracias de nuevo.

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  3. Pues si se sigue la trayectoria de los certificados para el título de especialista, recordad que hubo COPs que sólo cobraron lo estrictamente necesario por cuestiones administrativas y otros COPs que se subieron a la parra.
    Colegiada sin especialidad, mira a qué COP perteneces y probablemente tendrás la resuesta a tu pregunta.

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  4. pues yo me voy a enterar, porque no creo que deban cobrar, ni un duro. Ya pagas tasas a la Administración autonómica cuando solicitas el registro del centro como sanitario(recuerdo que unos 70 euros hace 5-6 años, cuando lo pedí yo). No vas a pagar dos veces por el mismo acto administrativo.

    y no, no vale el certificado de cuando pediste el título de especialista, porque son dos cosas diferentes.

    espero haberte ayudado, "colegiada sin especialidad"

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  5. esto es el mundo al revés. pero ya dijo algún comentario algo así como "el Infocop da las noticias, la Mesa cuenta la verdad".

    También conviene aclarar que el que tengan 6 meses para regular los planes de estudio del máster, con directrices propias (es decir, una homogeneidad de los estudios para todo el estado) no significa que ya se impartan los primeros máster en el próximo curso (2012-13). Quizás alguna Universidad Privada, pero es difícil que el resto los tenga preparados. Pero sí se ha de saber el currículum docente a exigir.

    Gracias Mesa, estáis a todas

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  6. soy psicólogo en general8 de febrero de 2012, 10:25

    No me parece bien que si el certificado que me hicieron para pedir el título de psicólogo clínico me reconocía ese nivel, para pedir un nivel de máster tenga que hacer otro. Y menos aún si me cobran por ello.
    ¿No puede hacer nada la Mesa Gallega por esta injusticia protestando al colegio o al ministerio?.

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  7. Estamos confundiendo las cosas, y eso es peligroso. El certificado del que estamos hablando, y que emite el COP, es un documento donde se certifica que se cumplen los requisitos que dicta la Ley de Economía Social. Nada tiene que ver el Máster. No admitáis que el COP diga otra cosa, pero tampoco que uno mismo se crea que lo que no es.

    El certificado colegial que emitieron para solicitar la homologación del título de especialista en clínica no era un certificado que reconociese en el candidato tal nivel de clínica, porque eso sólo correspondía al Ministerio (que emite el título oficial). Si los COP os prometieron otra cosa, mal hecho. Si uno mismo se creyó que era así, también mal.

    Y lo digo con todo el respeto, pero luego vienen los disgustos y la sensación de injusticia.

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  8. desde luego las primeras universidades privadas que consigan hacerse con el máster se van a poner las botas acreditando a diestro y siniestro, bandidaje?

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  9. ¿cómo suena ahora esta entrada en el blog?

    http://mesagalegadapsicoloxiaclinica.blogspot.com/2011/11/la-universidad-se-adapta-los-nuevos.html

    La Universidad en conjunción con el COP (un par de sus dirigentes como profesores; el COP avalando esta formación): la Universidad da la formación (chequera mediante), el COP certifica esa misma formación

    A la vez el COP pretende que se abra un proceso, en el que ellos participen, de homologación del título del máster (ajeno a las Universidades tal como pone la Ley) con sus certificados colegiales.

    Esto es la pescadilla que se muerde la cola: colabora en una formación, luego la certifica como válida....

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  10. pues yo me voy a Melilla, que parece que me dan el perfil sanitario así por las buenas...

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  11. Hola soy psicólogo en Madrid.
    Estoy harta de ver cómo en la zona en donde está el centro en el que trabajo ( que es de psicología de verdad),haya centros de acupuntura,de psicopedagogas...en los que hay "pseudopsícologos" que ejercen nuestra profesión cobrando a veces más que nosotros por consulta y que nuestro colegio profesional no haga nada al respecto. Mientras a nosotros,que tenemos nuestro título,parece que nos complican cada vez más las cosas para ejercer, hay otros que no tienen ningún problema para hacerlo,ya que "no se puede hacer nada".
    ¿Dónde estaban los colegios cuando salió la "Psicopedagogía"?
    Los colegios de psicólogos...que tanto corren para cobrarnos la tasa de colegiados..ya vale!

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    1. La psicopedagogia también es una licenciatura igual de válida que la psicología. En la que se da formación de pegagogía y psicología. El especialista en esta materia puede trabajar ambos aspectos. No creo que puedas compararlo a la acupuntura. También existen Colegios de Psicopedagogía y Pedagogía.

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  12. Como puede influir en la posible ocnvalidacion del master general sanitario a un licenciado con el DEA en Psicologia clinica y de la salud??

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  13. Hola hice Psicología Clinica en Santiago de Compostela hace 20 años y ahora leo que tengo que tener especialidad, ¿cómo puedo sacarla en La Coruña o cercanias?, ¿puedo trabajar igual en un Gabinete sin especialidad? ¿para que me vale la licenciatura que hice?
    Un saludo gracias.

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  14. Y una vez tienes la certificación del COP correspondiente y quieres hacer el registro de la consulta, si esa consulta és un centro registrado como centro de salud en la comunidad, de esos donde contratas los despachos según lo necesitas, ¿cómo lo haces para registrarlo como tu consulta? Dado que ya está registrada la consulta (física) como centro de salud y se tiene el certificado del COP, entonces habrá que ir con las dos cosas para que te acepten como PGS (en este procedimiento transitorio hasta que se acabe la prórroga)

    Saludos y gracias

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  15. Hola, he finalizado mi Lic. en Psicología el pasado mes de febrero y debido a que comencé la licenciatura en una Universidad y luego la termine en otra (por cambio de residencia) no me di cuenta de que me faltaban hacer las materias para completar el itinerario de Psicología Clínica, ahora cuando estoy a la espera del Máster PGS,
    la universidad me dice que debo matricularme de 25 créditos mas para poder obtenerlo. En el articulo comentáis que es posible hacerlos por otro posgrado de mas de 400 horas de las cuales 100 de prácticas, lo cual me ha alegrado bastante ya que de ser así podría hacer algún experto o especialista y así no sentiría que estoy perdiendo el tiempo. Mi pregunta es ¿Que debo buscar en el curso que realice para estar segura de que me valdrá para la obtención del certificado de haber cursado los créditos en el área sanitaria?. Muchas gracias y que buen articulo. Un saludo. Esther

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  16. Hola a tod@s, las universidades ya empiezan a introducir en su oferta docente el Máster... ¿se sabe algo más?

    http://pendientedemigracion.ucm.es/cont/descargas/documento42144.pdf?pg=cont/descargas/documento42144.pdf

    http://psicologia.ucm.es/psg

    http://www.viu.es/master-psicologia-general-sanitaria/

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