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miércoles, 17 de abril de 2013

ENTONCES, ¿LA COLEGIACIÓN SERÁ VOLUNTARIA?




 
Circula por red, desde principios de abril, un nuevo borrador del Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales:

http://www.hoycomentamos.com/wp-content/uploads/04-04-dos-Anteproyecto-ok.pdf


¿No resulta increíble que desde el Colegio Profesional no se nos informe puntualmente sobre aquellas cuestiones que nos afectan de una forma tan clara sobre la propia condición de colegiados?

¿No resulta (increíblemente) familiar que los colegiados seamos los últimos en enterarnos de reformas que van a afectar tan drásticamente a nuestra profesión? ¿Se está en la política de hechos consumados?

¿No resulta (increíblemente) desazonador que haya debates que nunca se produzcan  en el seno de los Colegios Profesionales, como es la colegiación voluntaria u obligatoria?

Con la cautela necesaria, dada su provisionalidad como tal borrador (y no nos extrañaría nada que el texto definitivo sea diferente), destacar como relevante para nuestra profesión, que :

- La psicología no está incluída dentro de las profesiones de colegiación obligatoria

- Sin embargo, como profesión titulada, se mantienen las exigencias de titulación y registro de los profesionales titulados en el Registro Nacional que se cree para este fin. Cumplirán, en cualquier caso, con la legislación pertinente en cuando al deber de protección y seguridad del destinatario del servicio profesional.

-  Sigue en vigor la LOPS y la Ley General de Salud Pública (y aquí señalan concretamente a la psicología sanitaria) en relación con el acceso a actividades profesionales o profesiones y a la reserva de funciones

- Los profesionales tienen el deber de seguir una formación continua a lo largo de toda su vida profesional, en garantía de un correcto ejercicio profesional

Lamentable que el CGCOP escamotee los debates que no les interesa (la colegiación obligatoria o voluntaria), mientras se ha pasado años dirigiendo a su conveniencia otros conflictos de los que ABSOLUTAMENTE ningún colegiado se ha visto beneficiado.

En este blog hemos dedicado algunas entradas a la reflexión sobre la obligatoriedad de la colegiación. Para ampliar el horizonte...

http://mesagalegadapsicoloxiaclinica.blogspot.com.es/search/label/colegiacion%20voluntaria


martes, 22 de noviembre de 2011

CUANDO LAS HABAS NO ESTÁN ASEGURADAS

Un anónimo nos envía este comentario. Muchas gracias por vuestra colaboración. 



Es de sobra conocido por todos la lucha encarnizada del CGCOP porque se aceptase que TODA LA PSICOLOGÍA ES SANITARIA, perdiendo de vista todos los ámbitos posibles de conocimiento y desempeño profesional de los psicólogos en nuestro país y que difícilmente se puede encasillar dentro de esa etiqueta de sanitario, por mucho que haya profesores universitarios que se empeñen en forzar su inclusión, como si por el solo hecho de desearlo se lograse tal (des)encaje. Sólo ellos sabrán el por qué de un empeño tan magnífico como ilógico.

Afirman además que alrededor del 70% de colegiados se dedican al “ámbito” sanitario, a pesar de que en la actualidad un pequeño porcentaje lo son (los especialistas en psicología clínica, hasta ahora la única profesión sanitaria reconocida en el ámbito de la psicología).

Desde octubre existe un nuevo título sanitario, el Psicólogo Generalista sanitario, que los COP saludan con expresiva efusividad, atribuyéndose la concepción y doloroso parto de la criatura. De los demás hijos ya no recuerdan que los querían por igual (sanitarios, entiéndase).

Ya decimos, un parto largo y complicado, que incluyen un par de movilizaciones, la última en noviembre de 2010, casi un año después de la publicación de la Ley Onmibus (Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su  adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su  ejercicio)

Qué curioso: la última movilización de estudiantes y unos pocos colegiados se hace casi un año después de esta famosa Ley. ¿Por qué será?.

Resalto la Disposición transitoria cuarta. A ver qué nos resuena. En ella se habla de la “Vigencia de las obligaciones de colegiación”. En concreto:

“En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno,  previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto  de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación. Dicho Proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de colegiación en aquellos  casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente de control  del ejercicio  Profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en  aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias  de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad  física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas. Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de  colegiación vigentes”.

Es decir, que se preveía en el plazo de 1 año una ley (que llamarán ley de Servicios Profesionales) donde se va a determinar para qué profesiones será obligatoria la colegiación y para cuáles no. También deja claro que no entrarán en esta voluntariedad profesiones relacionadas con la protección de la Salud.  Es decir, las profesiones sanitarias quedan dentro de las colegiaciones obligatorias.

Este plazo finalmente no se cumple, a pesar de que el Gobierno elabora un Anteproyecto de Ley de Servicios profesionales, del cual informan tanto el Ministerio de Fomento como el de Industria (http://ingenierosdemontes.org/Contenidos.aspx?id=ley-de-servicios-profesionales). El Ministerio de Industria, en dicho informe, dice que la regulación de las Actividades profesionales en España es: “excesiva. obsoleta, conflictiva y caótica.”

En el propio Gobierno, hay diferentes opiniones entre los Ministerios de Economía y Sanidad al respecto de la obligatoriedad de la colegiación en las Profesiones Sanitarias (http://www.correofarmaceutico.com/2011/05/30/al-dia/profesion/ramon-jauregui-por-colegiacion-de-sanitarios). De todas maneras la aprobación de esa Ley ha quedado en suspenso ante las Elecciones Generales, y ante la cantidad de intereses en juego, y la presión y ataques virulentos de los diferentes Colegios Profesionales en contra de la misma (http://www.larazon.es/noticia/6425-salgado-declara-la-guerra-a-los-sanitarios).

En toda esta polémica, el CGCOP parece que se mantuvo al margen, posiblemente porque tenía una pelea más importante que conseguir, aunque paradójicamente, no le ha importado  conseguirlo sólo a medias (o menos, porque veremos cuántos colegiados serán finalmente sanitarios; con seguridad no el 70% que afirmaba el COP). Y es que si el Colegio Profesional no es sanitario no tiene asegurado su destino, que es la obligatoriedad de la colegiación.

¿Qué pasaría si dejase de ser obligatoria la colegiación? ¿Qué porcentaje de colegiados se darían de baja?¿Qué porcentaje de nuevos graduados-licenciados –máster elegirían colegiarse cada año?.

Son muchos los interrogantes, y el COP lo sabe. Dejo en el aire un interrogante más. ¿Qué va a pasar a partir de ahora, con la creación de este nuevo profesional sanitario, sumándose al especialista en clínica, también sanitario? ¿Es posible que haya un Colegio Profesional, sanitario y no sanitario a la vez?  ¿Se está haciendo un esfuerzo en responder a todos estos interrogantes dentro del CGCOP? ¿Se están promoviendo acciones informativas en los Colegios Autonómicos y CGCOP para que todos los colegiados tengan la oportunidad de resolver sus dudas?.

¿O siguen viajando?


viernes, 18 de noviembre de 2011

SOBRE COLEGIACIÓN VOLUNTARIA Y DEONTOLOGÍA

Neurofox nos remite esta entrada y dos archivos.
Gracias.

EL DISCUTIBLE VALOR JURÍDICO DE LAS NORMAS DEONTOLÓGICAS (no es mio, pero me gustaria que lo fuese).

En los últimos tiempos, como consecuencia de la revitalización del debate sobre la obligatoriedad de colegiación (que, todo hay que decirlo, ha sido frenado de la forma más sorprendente por políticos que se reclaman de izquierda e incluso ha sido defendida por la actual Ministra de Sanidad), hemos asistido a una forma de argumentar nueva: como razón principal para defender la continuidad de una obligación que vulnera la libertad de asociación, los jerarcas colegiales (de médicos, pero no sólo) han argüido que la colegiación es la única garantía de control de la práctica profesional ética, ya que el hecho de la colegiación conlleva la obligación de sometimiento al código deontológico.

Es una cuestión interesante la que ésto trae a colación: se confunde ética y deontología, y se supone que la norma deontológica tiene efectos coercitivos directos confundiendo también código deontológico y ley.

Un excelente jurista lo cuestionaba en su dia. Ese cuestionamiento sigue ahí. Como el de la colegiación obligatoria.

Que casualidad que siempre la defensa de los derechos de las personas sea un distintivo de los sectores progresistas (a veces representados, mal que bien, por la izquierda política).

Tres lecturas interesantes, una  sobre el autor (en su recuerdo).

(Y si envío los artículos es sólo porque no hay forma de enlazarlos a servidores).

Tomás Iglesias: “El discutible valor jurídico de las normas deontológicas”, en Jueces para la democracia, 12, 1/1991

https://docs.google.com/open?id=0B2DEe4WITv2lMDVjZGY1ZTMtNjM2Ni00MGMxLWIzMGMtNGU0M2QyNjcxMzkz


Tomás Iglesias, jurista

https://docs.google.com/open?id=0B2DEe4WITv2lZTVlM2Y2ZDYtNDM1Yi00ZGZmLTk1MjMtMTE1NjRmZmNkZDc0

 Profesionales progresistas rechazan la colegiación obligatoria



Neurofox

martes, 15 de noviembre de 2011

12 RAZONES A FAVOR DE LA COLEGIACIÓN VOLUNTARIA

Recogemos un extracto de documento publicado en un blog, de los muchos que se han creado en los últimos meses en relación con la colegiación voluntaria, y que recoge, a nuestro parecer, los principales argumentos para exigir el derecho a la colegiación voluntaria.
Este debate surge independientemente de la creencia individual sobre la necesidad, beneficio u otras consideraciones que se quieran realizar sobre la existencia de los Colegios Profesionales, sino que tiene que ver exclusivamente con la LIBERTAD individual y colectiva para formar parte de una Asociación de cualquier tipo (entre ellas, y para el tema que nos ocupa, las profesionales), habida cuenta que nuestro sistema democrático actual, a través de los desarrollos legislativos, la administración de justicia  y las Instituciones Públicas, garantiza de forma inequívoca la salvaguarda de los derechos y deberes de ciudadanos y profesionales .
Finalmente, otra cuestión que queremos hacer notar es el alejamiento percibido entre los profesionales y el Colegio Profesional, en cualquier tipo de profesión (ver punto 6), cristalizado en este debate, pero no sólo en éste. Si es así, nos encontramos ante una paradoja de dimensiones extraordinarias, donde los profesionales no sólo no se sienten poco representados, sino indefensos en la defensa de sus intereses.
Fijémonos, si no, en un ejemplo: los Colegios Profesionales están manteniendo una defensa a ultranza de la colegiación obligatoria, manejando en ocasiones  argumentos que pretenden crear una sensación de inseguridad y alarma infundada (“La colegiación debe ser universal y obligatoria, porque de no ser así quien no desee ser controlado no se colegiará, poniéndose en juego la seguridad de los pacientes. Así se ha pronunciado la Organización Médica Colegial (OMC) en su última Asamblea General celebrada en Lérida”.  http://www.elimparcial.es:3030/node/50503 ). Con estas palabras pone en duda la responsabilidad, madurez y profesionalidad de los colegiados, insinuando que debemos estar tutelados de por vida.
Éstas son las 12 razones para pedir la colegiación voluntaria:
1.    No existe ningún mandato constitucional que obligue a la colegiación de los profesionales. Las referencias que hace la Constitución a los colegios (artcs 26 y 36), no implican dicha obligatoriedad. Por lo que no tiene sentido invocar la Carta Magna para justificar lo injustificable.
2.    Desde los orígenes de los colegios profesionales en España, segunda mitad del siglo XIX, la forma de relacionarse el profesional con el colegio no fue siempre basada en la obligatoriedad. Por ejemplo, desde 1903 hasta 1918, La instrucción General de Sanidad declaró voluntaria la colegiación. La Ley de Colegios Profesionales de 13 de 1974 presupone la obligatoriedad de la colegiación. Norma que, a pesar su carácter preconstitucional ha marcado las diferentes sentencias de los tribunales Supremo y Constitucional sobre esta dudosa obligatoriedad y pendientes de resolver otros recursos en la actualidad.
3.    Los colegios, en sus orígenes (1898), eran elementos intermedios entre los ciudadanos y la administración, algo muy propio de los sistemas sociales y políticos denominados democracias orgánicas. Una realidad afortunadamente pasada en el Estado Español. Respondían a un modelo social, político y forma de desempeño de la profesión, que podría justificar la necesidad de estos organizaciones profesionales que velasen por los intereses de los profesionales y de los ciudadanos.
4.    El modelo actual de colegios profesionales corresponde a una necesidad gremial ya pasada y que no responde a las necesidades legitimas de los profesionales actuales, en una sociedad de democracia avanzada (que tiene perfectamente articulados su mecanismos de representación y control) y en un entorno de relaciones laborales totalmente alejadas (incluso en el mundo privado) al desarrollo de la profesión individual y sin mecanismitos reguladores sociales y legales.
5.    La colegiación obligatoria es un anacronismo. No conlleva el bien social, al no contribuir a mejorar el funcionamiento ni la legitimación de los colegios, lastran su desarrollo y olvidan su verdadera misión y objetivos.
6.    La obligación de pertenencia a los colegios, se configuran como ejemplos de burocracias inoperantes, que secuestran la representación de todo un colectivo plural para ponerse a las ordenes de intereses ajenos. Ausencia de democracia real, falta de transparencia, falta de compromiso en la defensa de los mejores valores profesionales, uniformidad en los discursos y pensamiento, que no respetan la pluralidad, son auténticas señas de identidad de los colegios profesionales.
7.    La colegiación obligatoria, en el actual modelo de colegio, es – según numerosos informes- un obstáculo a la competencia, a la circulación y al acceso al mundo laboral: si no se está colegiado, no se puede trabajar, independientemente de que se disponga la formación y la titulación oportunas.
8.    La colegiación voluntaria bajo ningún concepto perjudicará los intereses legítimos de los profesionales y menos, como demagógicamente se afirma, los de los ciudadanos. Nuestro estado democrático actual, sus administraciones, la sociedad en general, dispone de los suficientes recursos normativos para garantizar el interés general, el de sus profesionales y el de la mejor práctica profesional.
9.    De acuerdo con diferentes estudios, la opinión inmensamente mayoritaria de los profesionales es de que la colegiación debería ser voluntaria. Así, por ejemplo, el 91 % de los médicos de la Comunidasd de Valencia (de acuerdo con la encuesta elaborada por CEMS- CV) defienden esa colegiación voluntaria.
10. Si profesionales de los diferentes sectores concluyen que es bueno aglutinarse alrededor de un tipo de órgano corporativo en la búsqueda de un mejor desarrollo y defensa de los valores de su profesión, es imprescindible que su adhesión al mismo tenga que ser exclusivamente voluntaria. Únicamente en un modelo nuevo de corporación libre y auténticamente democrática se podría desarrollar la defensa de los valores profesionales. En donde cada uno se encuentre verdaderamente representado, defendido y que sirva para la promoción profesional y defensa de los auténticos valores de la profesión entre ellos y en la sociedad. Una organización que sea un elemento esencial de la sociedad civil y el profesional -libremente adherido a ella- sienta el orgullo y el prestigio de pertenencia.
11. El fracaso del modelo actual de colegios profesionales es consecuencia de, ante un colectivo cautivo por mor de la colegiación obligatoria, no han sentido, la necesidad de legitimarse ante sus colegiados, ni el mínimo estímulo necesario de adaptación a las nuevas necesidades y demandas. A los nuevos modelos sociales y profesionales.
Únicamente desde el la inseguridad en el lo que se cree y en lo que se hace; en el miedo a la libertad, se puede seguir exigiendo la colegiación obligatoria desde lo propios colegios.
12. Para los que trabajamos en el Sector Público, el sinsentido de la colegiación obligatoria se hace aún más patente. La tutela de nuestro desarrollo y la actividad profesional está garantizada por la Administración. La salvaguarda de los derechos y deberes de los ciudadanos y los profesionales de los diferentes sectores, en un estado democrático como el nuestro, están garantizadas por las instituciones, la legislación vigente y los tribunales de justicia en este modelo. Además, de contar con Asociaciones científicas y centrales sindicales, amparan el desarrollo profesional y la defensa de nuestros intereses laborales.

jueves, 10 de noviembre de 2011

LIBERTAD DE ASOCIACION. LIBERTAD DE COLEGIACIÓN

  He aquí un pequeño collage que nos situa ante las bases del derecho a la asociación voluntaria, y que muestra que repugnante es a los derechos fundamentales de la persona la obligatoriedad de colegiación. Es un viejo tema pendiente en la legalidad española. Los sectores profesionales democráticos clásicamente se han enfrentado a la obligatoriedad. Los sectores políticos y profesionales conservadores han defendido la misma,..., y como acostumbran a ocupar los cargos de las organizaciones corporativas continúan defendiéndola. En la elaboración de legislación del último período ésta era una de las preocupaciones de los dirigentes del COP. Y es que si fuera voluntaria...(complétese la frase al gusto de lector/a). La cuestión aparece periódicamente en el debate. En la Psicología Española está en sus principios, pero la sostendremos sólidamente, como merece cualquier defensa de los derechos democráticos.
El porvenir es nuestro.







miércoles, 2 de noviembre de 2011

TUTELADOS DE POR VIDA

 Psicofoxy pide publicación. Gracias.

TUTELADOS DE POR VIDA. Notas para un escrito veloz sobre el último de número de Papeles del Colegio  ( o quizás papeles de Serafín Lemos).

Parecía que la Psicología Española era sólo sanitaria. El COP había abandonado la atención a otras áreas, que fueron sufriendo indefinición y dificultades de desarrollo en estos años. Psicología Educativa fue una de las más destacadas damnificadas por el interesado planteamiento del movimiento “psicología sanitaria” (que aún no finalizó, no lo olvidemos).

Pero, aunque no lo reconozca el COP, las circunstancias obligaron a hacer otros planteamientos. Quienes defendimos la polivalencia, y dijimos que había mucho más mundo para la Psicología más allá de lo sanitario, hemos vencido hasta ahora en el enfrentamiento con los intereses del pequeño grupo que controla el Consejo General del COP. 

Desde muchos lugares se ha señalado que la profesión, a través del COP, sufre una tutela insoportable de sectores universitarios que infiltran y dirigen la estructura de organización del Colegio.

Por si quedaran dudas examinen el último número de Papeles del Psicólogo , revista pagada por los fondos del COP (de todos los colegiados) y dirigida por el catedrático de la Universidad de Oviedo Serafín Lemos, promotor de la asociación SEPCyS, y definido por algunos como uno de los agentes más importantes en la elaboración de la política del Consejo General del COP en estos años. En ese número destinado a hablar del psicólogo educativo sólo escriben profesores universitarios (con cinco referencias  a la Universidad Complutense de Madrid en donde ejerce como profesor el decano del COP de Madrid llamado Chacón , tres a la Universidad de Oviedo en donde ejerce como profesor el director de la revista Serafín Lemos, y otras referencias a otras universidades de carácter anecdótico).

El poder tiende a concentrarse, a fidelizar a los próximos, a dar a cambio de recibir. Es predecible.

Pero lo que es intolerable es el tufo a tutela intelectual y desprecio a la experiencia que se desprende del hecho de que la revista pagada obligatoriamente por los profesionales esté elaborada,  y con ello útil a su crecimiento curricular, por sectores universitarios concretos próximos a quienes administran lo que es de todos. ¿Acaso cuarenta años de ejercicio profesional no crean condiciones para que sea de utilidad una experiencia reflexionada?, ¿no es fuente de saber la experiencia de quienes han materializado la psicología educativa?, o ¿sólo son sabios los que han crecido entre artículos y libros, mientras  imaginaban como debía ser la práctica dela Psicología?.

Pues bien: ¡en estas manos estamos!. 

Debe ser por poco tiempo.

P.D.: y ya hablaremos del artículo que se difunde en ese número sobre el exámen PIR.

Psicofoxy